El Tribunal de Estrasburgo ha dictaminado esta mañana que la
doctrina Parot no es aplicable en delitos cometidos antes de 1995. Esto supone
dar la razón a la etarra Inés del Río, por lo que debe ser excarcelada. Mismo
camino que seguirán más de medio centenar de etarras en las próximas fechas.
Teniendo presente el dolor de las víctimas, la sentencia
sirve para poner de relieve que no todo vale para vencer al terrorismo. La retroactividad
no está permitida en la Constitución Española y no se puede permitir el saltársela a la
torera por motivos de venganza, revancha o simplemente para resarcir a las
víctimas. Vivimos en un Estado de Derecho y, por mucho que cueste en
situaciones especiales como el terrorismo, hay que aceptarlo con igualdad para
todos.
Durante todo el día se han alzado las voces en contra de la
sentencia, incluso se ha llegado a pedir el no acatarla. Conviene recordar que
el Tribunal de Derechos Humanos, al que pertenece la justicia española, no está
para respetarlo solo cuando dictamina lo que se quiere escuchar. La sentencia
debe servir como estímulo para derrotar definitivamente a ETA con los
mecanismos que imperan en un estado constitucional como España.
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